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  4. Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus

I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus

Tipo de Alerta información

AVISO: El 22 de enero de 2025, USCIS anunció que, a partir del 20 de enero de 2025, los oficiales ya no emitirán  Solicitudes de Evidencia (RFE) o Notificaciones de Intención de Denegación (NOID) relacionada con la vacunación contra el COVID-19. El 11 de marzo de 2025, los Centros para el Control y la Prevención de las Enfermedades (CDC) actualizaron sus Instrucciones Técnicas para los Médicos Civiles para eliminar la vacunación contra el COVID-19 de la lista de vacunas requeridas para extranjeros que desean ser admitidos como inmigrantes. Por lo tanto, no se requiere documentación de haber completado la vacunación contra el COVID-19 para los exámenes médico de inmigración relacionados con solicitudes de ajuste de estatus pendientes en o después del 20 de enero de 2025. Hasta que USCIS actualice el Formulario I-693, Informe de Examen Médico de Inmigración y Registro de Vacunación, los médicos civiles pueden tachar la sección sobre COVID-19 o escribir “N/A”, y si el extranjero cumple con todos los requisitos de vacunación, marcar “Solicitante completó los requisitos de vacunación o puede ser elegible para la exención general como se indica arriba”.

Use este formulario para solicitar el estatus como residente permanente legal si está en Estados Unidos.

Formularios y Documentos para Descargar

Formulario I-485 (en inglés) (PDF, 1.15 MB)
Instrucciones para el Formulario I-485 (en inglés) (PDF, 929.84 KB)

Detalles del Formulario

Cerrar Todo Abrir Todo
Fecha de Edición

01/20/25. Puede encontrar la fecha de edición en la parte inferior del formulario y las instrucciones.

Las fechas están en formato mm/dd/aa (mes, día, año).

Si usted completa e imprime este formulario para enviarlo por correo postal, asegúrese de que la fecha de edición del formulario y los números de las páginas están visibles en la parte inferior de todas las páginas y que todas las páginas completadas sean de la misma edición del formulario. Si falta alguna de las páginas del formulario o las páginas son de ediciones diferentes, podríamos rechazar su solicitud.

Si necesita ayuda para descargar e imprimir los formularios, lea nuestras instrucciones.

Dónde Presentar la Solicitud

El lugar de presentación de su Formulario I-485 dependerá de su categoría de elegibilidad. Visite nuestra página Direcciones para la Presentación Directa del Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus para verificar dónde debe presentar su solicitud.

Si va a presentar su solicitud en una localidad segura (lockbox) de USCIS, es posible que no reciba un Número A (número de extranjero) en su Formulario I-797, Notificación de Aceptación, debido a un cambio en nuestro proceso de procesamiento. En dicho caso, le enviaremos su Número A en una segunda notificación pocos días después de que aceptemos su solicitud.

Cuándo Presentar su Solicitud

Por lo general, no puede presentar su Formulario I-485 hasta que una visa de inmigrante esté disponible inmediatamente en su categoría. Para obtener información sobre el proceso de ajustar su estatus al de residente permanente legal, y cómo determinar si y cuando es elegible para ajustar estatus y presentar el Formulario I-485, vea la página web de Disponibilidad de Visas y Fechas de Prioridad y Tablas del Boletín de Visas sobre Presentación de Ajuste de Estatus. Para excepciones al requisito de disponibilidad de visas, por favor, consulte las instrucciones del Formularios I-485 para su categoría específica de visa de inmigrante para obtener información adicional.

Intenta ajustar su estatus para convertirse en residente permanente de los Estados Unidos? 1. Su Familia o empleador presenta una peticion de visa para usted. 2 Determine el tipo de peticion. 3. Que es mi fecha de prioridad? 4. Verifique si puede presentar su Formulario I-485.
Tarifa de Presentación

Puede encontrar la tarifa de presentación del Formulario I-485 en nuestra página Desglose de Tarifas. 

Usted puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal, o cheque de cajero, o puede pagar con una tarjeta de crédito o débito usando el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo pagadero a nombre de U.S. Department of Homeland Security.

Cuando usted envía un pago, acepta pagar por un servicio gubernamental. Las tarifas de presentación son finales y no reembolsables, sin importar de cualquier acción que tomemos sobre su solicitud o petición, o si usted retira su solicitud. Si paga con una tarjeta de crédito o débito, no podrá impugnar el pago posteriormente. Use nuestro Calculador de Tarifas para ayudarse a determinar su tarifa.

Si va a presentar varios formularios, pague cada tarifa de presentación por separado. Estamos haciendo la transición al procesamiento electrónico de solicitudes de beneficios de inmigración, lo que requiere que utilicemos múltiples sistemas para procesar su paquete de solicitud. Podemos rechazar todo su paquete si envía un pago único y combinado para múltiples formularios. 

Lista de Cotejo Opcional sobre Evidencia Inicial Requerida (para propósitos informativos únicamente)

Ahorre tiempo presentando toda la evidencia inicial requerida y la documentación de apoyo junto con el Formulario I-485.

Vea la lista de cotejo sobre la evidencia inicial requerida.

La lista de cotejo es una herramienta opcional que puede usar mientras prepara su formulario, pero no sustituye los requisitos legales, reglamentarios, ni de las instrucciones del formulario. Presentar toda la evidencia inicial requerida y los documentos junto con el Formulario I-485 podría eliminar la necesidad de que emitamos una Solicitud de Evidencia para obtener la documentación y evidencia adicionales. Esto también puede ayudar a evitar demoras en la adjudicación si determinamos que no necesita ser entrevistado.

Si usted tiene que presentar el Formulario I-693, Informe de Examen Médico de Inmigración y Registro de Vacunación, o un Formulario I-693 parcial (como, por ejemplo, un Registro de Vacunación), puede presentarlo con el Formulario I-485.

A partir del 4 de abril de 2024, cualquier Formulario I-693 completado apropiadamente y firmado por un médico civil en o después del 1 de noviembre de 2023, no caduca y puede usarse indefinidamente como evidencia que demuestre que el solicitante no es inadmisible por motivos relacionados con la salud. 

Consejos para Presentación de Formularios

Consejos de Presentación: Consulte la página Consejos para la Presentación de Formularios por Correo Postal para obtener información acerca de cómo asegurarse que aceptemos su solicitud.

No olvide firmar su formulario. Rechazaremos cualquier formulario que no esté firmado.

Instrucciones Especiales

Notificación Electrónica (E-Notification): Si desea recibir un mensaje de correo electrónico y/o mensaje de texto que le notifique cuando su solicitud haya sido aceptada, complete el Formulario G-1145, Notificación Electrónica de Aceptación de Solicitud/Petición y adjúntela a la primera página de su solicitud.

SIV para Afganos

A partir del 20 de julio de 2022, transferimos la responsabilidad de adjudicar las peticiones de visa de inmigrante especial (SIV) presentadas por afganos al DOS. Los afganos que comiencen el proceso de solicitud de SIV a partir del 20 de julio de 2022 buscarán la clasificación como inmigrante especial con el DOS presentando el Formulario DS-157 con la solicitud de aprobación del Jefe de Misión (COM). Para obtener más información, consulte las instrucciones en el sitio web del DOS sobre visas de inmigrantes especiales para afganos que fueron empleados por/en nombre del gobierno de Estados Unidos.

Al presentar el Formulario I-485, debe proporcionar evidencia de un Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial aprobado o una copia de la carta de aprobación del jefe de misión que también indique la aprobación de su Formulario DS-157.

INA 245(i)

Si usted desea ajustar su estatus bajo las disposiciones de la sección 245 (i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, consulte el Suplemento A para instrucciones adicionales. Puede encontrar la tarifa del Suplemento A en nuestra página Desglose de Tarifas.

Cómo Presentar el Suplemento J del Formulario I-485

Si usted va a presentar el Formulario I-485 junto con un Formulario I-140, Petición para Trabajador Inmigrante Extranjero, que lo nombra como el beneficiario principal, no tiene que presentar el Suplemento J.

Sin embargo, usted debe presentar el Suplemento J si va a presentar el Formulario I-485 basado en un Formulario I-140 que ya presentó, o si va a solicitar la transferibilidad de un empleo hacia una oferta de empleo nueva y permanente bajo la sección 204(j) de INA. Consulte la página del Suplemento J del Formulario I-485 para instrucciones específicas sobre cuándo y cómo presentar el Suplemento J.

Cómo Presentar los Formularios I-765 e I-131 con el Formulario I-485

Si usted presentó el Formulario I-485 en o después del 30 de julio de 2007, pero antes del 1 de abril de 2024, y pagó la tarifa requerida, no tiene que pagar una tarifa adicional para presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, o el Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal y Registros de Entrada/Salida. No obstante, si presenta el Formulario I-485 después del 1 de abril de 2024, tiene que pagar las tarifas adicionales para presentar el Formulario I-765 y el Formulario I-131, según indica la página web de Desglose de Tarifas. De cualquier manera, puede presentar estos formularios concurrentemente.

Si presenta el Formulario I-131 concurrentemente con el Formulario I-485 o mientras el Formulario I-485 está pendiente y va a solicitar un documento de permiso adelantado, seleccione solo el ítem 5.A. en la Parte 1 del Formulario I-131. No tiene que proporcionar un número de recibo para su Formulario I-485 en el espacio proporcionado para un número de recibo si va a presentar el Formulario I-131 concurrentemente con el Formulario I-485.

Si elige no presentar el Formulario I-765 y/o el Formulario I-131 con su Formulario I-485, entonces tiene que enviar una copia de su Formulario I-797, Notificación de Acción (también conocido como su recibo), como evidencia de que presentó el Formulario I-485 cuando presente el Formulario I-765 y/o el Formulario I-131. 

Qué Casilla Debe Marcar en la Parte 2 del Formulario I-485

Antes de presentar el Formulario I-485 basado en una categoría de preferencia de patrocinio familiar o categoría de preferencia basada en el empleo, verifique nuestra página web acerca del Boletín de Visas del Departamento de Estado para verificar si la fecha de prioridad lo hace elegible para presentar su solicitud.

Si usted es el solicitante principal, marque la casilla correspondiente en la Parte 2, Ítem 1. del Formulario I-485 y marque la casilla correcta en la Parte 2, Ítem 3.a. al 3.g.

Si usted es el cónyuge o hijo derivado del solicitante principal, marque la casilla correspondiente en la Parte 2, Ítem 2 y complete la información del Solicitante Principal en la Parte 2, Ítem 2 . del Formulario I-485 y marque la casilla correcta en la Parte 2, Ítems 3.a. al 3.g.

Para más información sobre el Boletín de Visas o las tablas, por favor, vea la página Disponibilidad de Visas y Fechas de Prioridad.

Procesamiento Prioritario

Puede presentar los Formularios I-485 e I-140 juntos en la Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Dallas.

Si va a solicitar procesamiento prioritario para el Formulario I-140, también debe presentar el Formulario I-907, Solicitud de Procesamiento Prioritario. Vea las Direcciones para la Presentación Directa del I-140, Petición de Trabajador Extranjero Inmigrante si desea presentar juntos los Formularios I-485, I-140 e I-907.

Si va a presentar el Formulario I-485 a base de un Formulario I-140 que está en trámite o ha sido aprobado, vea la página de Direcciones para Presentación Directa del Formulario I-485 para saber dónde debe presentar su solicitud.

Lea la tabla de Preferencias Basadas en el Empleo del Boletín de Visas del Departamento de Estado para asegurarse de que su fecha de prioridad es la correcta antes de presentar su solicitud. 

Afganos con Permiso Humanitario de Ingreso

Si usted es un afgano con permiso humanitario de ingreso y tiene un Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial aprobado como afgano empleado por o a nombre del gobierno de Estados Unidos o la Fuerza Internacional de Asistencia en Seguridad (ISAF) en Afganistán, o un Formulario DS-157, Petición de Clasificación de Inmigrante Especial para solicitantes SIV afganos aprobado y no completó el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus, le exhortamos a presentar dicho Formulario I-485 lo antes posible para convertirse en residente permanente legal y recibir una tarjeta de residente permanente, si es elegible.

Si usted es un afgano con permiso humanitario de ingreso y tiene un Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial aprobado como afgano empleado por o a nombre del gobierno de Estados Unidos o la Fuerza Internacional de Asistencia en Seguridad (ISAF) en Afganistán, y no completó el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus, en un puerto seguro, le exhortamos a presentar dicho Formulario I-485 lo antes posible para convertirse en residente permanente legal y recibir una tarjeta de residente permanente. Debe proporcionar una dirección en Estados Unidos para presentar el Formulario I-485. Si su dirección cambia, debe notificarnos su nueva dirección dentro de 10 días mediante el envío del Formulario AR-11, Cambio de Dirección de Extranjero. La forma más rápida de enviar su AR-11 es en línea. Se aplican instrucciones de presentación especiales a quienes presentan el Formulario I-485 en esta categoría. No tiene que pagar las tarifas de presentación o servicios biométricos para el Formulario I-485 si obtuvo un permiso humanitario en Estados Unidos debido a la crisis humanitaria y solicita el ajuste como inmigrante especial afgano.

Al presentar el Formulario I-485, incluya evidencia de un Formulario I-360 aprobado o una copia de la carta de aprobación del jefe de Misión que también indique la aprobación de su petición del Formulario DS-157. 

Revise las instrucciones de presentación en la página web Tarjeta de Residente Permanente para Afgano Empleado por o a Nombre del Gobierno de Estados Unidos y consulte las Instrucciones para el Formulario I-485 para obtener información completa sobre la presentación.

Abogados o Representantes Autorizados:

Usted podría ser representado por un abogado o un representante acreditado si esto no conlleva gastos al gobierno de los Estados Unidos. Su representante deberá presentar el Formulario G-28, Notificación para Comparecer como Abogado o Representante Autorizado, junto con su Formulario I-485. Su representante también deberá presentar su Formulario G-28 al momento de su entrevista.

Información Adicional
  • Ajuste de Estatus
  • Procesos y Procedimientos para la Residencia Permanente
  • Cómo USCIS Determina Clasificaciones Ocupacionales Iguales o Similares para Transferibilidad de Empleo bajo AC21
  • Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la Ley
  • Carga Pública
  • Formulario I-693, Informe de Examen Médico de Inmigración y Registro de Vacunación
  • Manual de Políticas de USCIS, Volumen 7, Ajuste de Estatus
  • Beneficios de Inmigración para Aquellos EOIR Procedimientos de Remoción
  • Rastreo de Envío de Tarjetas
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Última Revisión/Actualización:
04/08/2025
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